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La Comisión Europea denuncia a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el «Modelo 720»

3 Ene 2020

El 23 de Octubre de 2019 la Comisión Europea solicitó al Tribunal que se declare que España ha incumplido las obligaciones que le incumben al imponer sanciones desproporcionadas a los contribuyentes españoles por el incumplimiento de la obligación informativa con respecto a bienes situados en otros estados miembros de la UE o de la EEE, como se desprende del recurso publicado el pasado 23 de Diciembre en el Diario Oficial (caso C-788/19).

España solicita a los contribuyentes residentes que informen sobre los bienes que posean en el extranjero. Esto incluye inmuebles, cuentas bancarias y activos financieros. Incumplir con la obligación de informar en plazo o hacerlo de forma incompleta está sujeto a sanciones que son superiores a las que corresponderían a infracciones similares cometidas sobre bienes nacionales, y que puede exceder el valor de los propios bienes en el extranjero. La Comisión considera que estas sanciones por presentar declaraciones incompletas o fuera de plazo son desproporcionadas y discriminatorias, y pueden disuadir a empresarios y particulares a invertir o desplazarse fuera de sus fronteras dentro del Mercado Único. Consecuentemente estas medidas entran en conflicto con las libertades fundamentales de la UE, como la libre circulación de personas, trabajadores, la libertad para establecerse, para prestar servicios o la libre circulación de capital.

La Comisión Europea abrió un proceso de infracción en Noviembre 2015 con una notificación formal, seguida de una opinión razonada el 17 de Febrero de 2017. Dado que España no ha cumplido, la Comisión decidió el 6 de Junio de 2019 llevar el asunto al Tribunal de Justicia de la UE.

En particular, la Comisión reclama que al haber establecido consecuencias por el incumplimiento de la obligación de presentar esa información, o la presentación fuera de plazo, tales como la clasificación de esos activos como ganancias de capital injustificadas que no están sujetas a prescripción (impuesto sujeto al tipo marginal; 45% para el año 2012) más una sanción fija del 150% de dicho impuesto, y sanción fija por dato no declarado superior al que se aplica en infracciones similares de forma general, España ha violado las leyes de la UE y debe tomar medidas para cumplirlas y ser sancionada por tal motivo.

En circunstancias similares, la Comisión Europea llevó España al Tribunal en 2011 por discriminación en relación con el impuesto sobre sucesiones y donaciones que terminó con una sentencia condenatoria del Tribunal en 2014, que condujo a la modificación de la legislación española y abrió la puerta a reclamaciones de devolución de impuestos pagados por los 4 años anteriores.

JC&A Abogados tiene una larga y probada experiencia, asesorando a muchos contribuyentes a informar sobre activos extranjeros desde 2012, cuando fue aprobado el modelo 720, y ha intervenido en varias inspecciones fiscales siendo la más relevante el caso de un contribuyente que poseía más de 1,5 millones de euros en el extranjero y presentó la declaración fuera de plazo, para quien ganamos el procedimiento sancionador que se abrió del 150% ahorrándole más de 1,3 millones de euros en sanciones en Abril 2016, incluso antes de que la Comisión remitiera la opinión razonada a España.