Nov 2023
El nuevo y temporal impuesto de solidaridad sobre las grandes fortunas fue promulgado por la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, aplicable para los ejercicios fiscales 2022 y 2023, con el fin de proporcionar ingresos públicos para hacer frente a las consecuencias de la crisis energética y el aumento de precios provocados por la guerra en Ucrania.
Este nuevo impuesto para el Estado es complementario al Impuesto sobre el Patrimonio (autonómico) Los contribuyentes podrán deducirse el impuesto pagado en sus comunidades autónomas por el Impuesto sobre el Patrimonio por lo que claramente afecta en mayor medida a los sujetos pasivos de las comunidades autónomas con nula o escasa tributación por el Impuesto sobre el Patrimonio. El Gobierno Regional de la Comunidad de Madrid recurrió alegando que el nuevo impuesto vulneraba la autonomía financiera de las regiones entre otros argumentos.
Asimismo, cabe señalar que los gobiernos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Asamblea de Madrid, la Xunta de Galicia y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia también han presentado recursos de inconstitucionalidad contra el impuesto sobre las grandes fortunas. Estos casos se resolverán en base a la doctrina establecida en el caso del Gobierno Regional de la Comunidad de Madrid.
Tras las elecciones generales de julio, lo más probable es que el actual partido en el Gobierno del Estado continúe 4 años más si consigue el apoyo necesario de los partidos minoritarios, y en su programa electoral está prorrogar este impuesto e incluso hacerlo permanente.
Este impuesto es exigible a las personas físicas que posean más de 3.000.000 de euros. Los no residentes están sujetos a este impuesto únicamente por los activos españoles; los residentes están sujetos por los activos mundiales pero tienen un umbral de 700.000 euros más una deducción de 300.000 euros sobre el valor de la vivienda habitual.
La Ley 38/2022 introdujo también una modificación sustancial de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio al incluir expresamente como activos españoles a efectos de ambos impuestos, el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto sobre la Solidaridad, las acciones de sociedades extranjeras en las que los bienes españoles representen directa o indirectamente más del 50% del activo total. Hace unos años un Tribunal español dictaminó que este tipo de sociedades quedaban fuera del ámbito de aplicación del impuesto. Además, una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos en España declaró recientemente que el valor de esas empresas a efectos fiscales no es sólo el valor de la propiedad española, sino el valor total de la empresa.
En Andalucía existe una bonificación del 100% en el Impuesto sobre el Patrimonio; sin embargo, quienes posean bienes por valor de más de 2 millones de euros tienen que presentar la declaración de la renta con cero impuestos (sólo informativa). Por lo tanto, Andalucía está totalmente expuesta al impuesto de solidaridad.
Los llamados impuestos de lujo (Impuesto sobre el Patrimonio e Impuesto de Solidaridad) están limitados por el nivel de renta, y las empresas familiares están exentas siempre que se cumplan determinados requisitos, por lo que es aconsejable una adecuada planificación fiscal.
Por último, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado la tramitación urgente de una nueva ley para que Madrid recaude directamente el Impuesto sobre las Grandes Fortunas, que el Tribunal Constitucional ha avalado hoy tras rechazar el recurso presentado por el Gobierno regional.