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Reclamación contra la plusvalía municipal pagada cuando se vende una propiedad – sentencia final

Como se esperaba, el Tribunal Constitucional declaró el pasado 11 de mayo la inconstitucionalidad de algunos de los artículos de la ley que regula este impuesto, en lo relativo al método de cálculo de la base imponible, en los mismos términos que previamente había declarado sobre la ley foral de Guipúzcoa y Alava.

Esos artículos han sido declarados nulos en la totalidad del territorio nacional, sin limitación temporal, pero siempre limitado a los casos en los que se venda una propiedad con pérdidas. Por tanto, permanece abierta la puerta a la reclamación de devolución de los impuestos pagados en exceso durante los 4 años reglamentarios.

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07.06.2017