España ha adoptado en su plenitud las normas de la Directiva 2011/16/EU en materia de cooperación administrativa en el ámbito tributario, y el CRS de la OCDE para el intercambio automático de información sobre cuentas financieras.
De acuerdo con el CRS y la Directiva de la UE, las instituciones financieras de los estados participantes deberán informar de el nombre y dirección completo, país de residencia fiscal, identificación fiscal e información financiera de sus clientes personas físicas a sus correspondientes autoridades fiscales locales, que a su vez intercambiarán esa información de forma automática con las autoridades fiscales de los países participantes donde la persona tenga su residencia.
España es uno de los 101 países comprometidos, así como Gibraltar, Guernsey, Jersey y la Isla de Man, por mencionar alguno de ellos.
Las instituciones financieras de todos los países participantes están obligadas a confirmar y verificar la residencia fiscal de sus clientes personas físicas aplicando los procedimientos específicos de verificación del CRS.
El intercambio automático de información sobre cuentas financieras mantenidas a finales de 2015 y abiertas con posterioridad comenzará en 2017.
Los contribuyentes residentes en España que no hayan informado sobre sus carteras y posiciones en el extranjero a las autoridades fiscales españolas podrán encontrarse con problemas. La regularización voluntaria mediante declaraciones extemporáneas puede ser una solución que evite las elevadas sanciones por fraude fiscal.
14/07/2016