20 Abr 2018
España está formada por 17 regiones diferentes más dos ciudades autónomos, cada uno con capacidad de regular y recaudar ciertos impuestos, entre ellos el Impuesto sobre Sucesiones.
Los no residentes en España no tenían derecho a la aplicación de la legislación regional sino a la legislación estatal, normalmente menos favorable. A raíz de la resolución de 2014 del Tribunal Europea, el gobierno español modificó la legislación permitiendo a los residentes en la Unión Europea que apliquen la legislación más favorable entre la estatal y la regional de la Comunidad Autónoma donde se encuentre el inmueble con mayor valor.
El pasado mes de Febrero, el Tribunal Supremo de España declaró que la actual legislaciones española sobre impuesto de sucesiones sigue infringiendo el principio de libre circulación de capital en relación con residentes fuera de la UE, permitiendo a una canadiense que aplicara la legislación de la región de Cataluña.
Esta sentencia abre la puerta a otros contribuyentes para la reclamación de los impuestos pagados en los últimos 4 años, como ocurrió en 2014 con los residentes en la UE. Mientras que la legislación española no se modifique, los ciudadanos residentes fuera de la UE deberán continuar pagando sus impuestos confirme a la legislación estatal, pero ahora tienen la oportunidad de reclamar al Tribunal y solicitar la aplicación de la ley regional. Evidentemente, esto solo tiene sentido en el caso que la legislación regional sea favorable en comparación con la estatal.